TEMA 16

POLÍTICAS DE IGUALDAD Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

🗝️① Políticas de igualdad y contra la violencia de género

🗝️①.1 🧭 Desarrollo

Las políticas de igualdad y contra la violencia de género constituyen una línea prioritaria de actuación de los poderes públicos orientada a garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres 🚻⚖️, así como a prevenir, sancionar y erradicar cualquier forma de violencia ejercida contra las mujeres por razón de género 🚫🩸.

🔹 Marco constitucional

La Constitución Española proclama el principio de igualdad y la prohibición de discriminación por razón de sexo, imponiendo a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias para que la igualdad sea real y efectiva 🏛️📜. Este mandato constitucional es el punto de partida de toda la normativa específica en la materia.

🔹 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres

La Ley Orgánica 3/2007 desarrolla este principio constitucional y configura la igualdad como un principio transversal que debe integrarse en todas las políticas públicas 🔄. No se limita a proclamar derechos, sino que establece instrumentos concretos como:

  • la acción positiva,

  • la transversalidad de género,

  • los planes de igualdad,

  • y la obligación de evaluar el impacto de género en la actuación pública 📊👩‍⚖️.

👉 Truco Opokeys:
Igualdad ≠ solo no discriminar → Igualdad = actuar para corregir desigualdades.

🔹 Violencia de género como manifestación extrema de desigualdad

La Ley Orgánica 1/2004 parte de una idea clave 🔑:
👉 la violencia de género no es un problema privado, sino una violación de derechos fundamentales y una manifestación estructural de la desigualdad entre mujeres y hombres 🚨.

Esta ley articula una respuesta integral, que abarca:

  • prevención y sensibilización 📣,

  • derechos sociales, laborales y económicos de las víctimas 🤝,

  • protección judicial especializada ⚖️,

  • y coordinación institucional 🏢🔗.

💡 Recuerda:
La violencia de género no se combate solo con sanciones penales, sino con políticas públicas coordinadas y preventivas.

🔹 Enfoque integral y coordinado

Ambas leyes configuran un modelo en el que:

  • la igualdad se promueve de forma activa 🌱,

  • la violencia se previene, detecta y sanciona 🛑,

  • y las víctimas reciben protección integral y reparación 🛡️❤️.

Todo ello exige la actuación conjunta de:
Administraciones públicas, sistema educativo, servicios sociales, sanidad, empleo y justicia.

🗝️①.2 📊 Esquema

①.3 🎯 Puntos clave e importantes

  • 🗝️ La igualdad no es solo formal, debe ser real y efectiva.

  • 🗝️ La violencia de género es una manifestación extrema de la desigualdad, no un conflicto privado.

  • 🗝️ Las políticas públicas deben integrar la perspectiva de género de forma transversal.

  • 🗝️ La respuesta frente a la violencia de género es integral, coordinada y especializada.

  • 🗝️ La protección de las víctimas combina derechos sociales, laborales, económicos y judiciales.

🗝️② Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI

🗝️②.1 🧭 Desarrollo

Las políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI se encuadran en el marco general del derecho a la igualdad y a la dignidad de la persona 🌈⚖️, y persiguen garantizar que ninguna persona sea discriminada por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales.

🔹 Marco general de igualdad de trato

La Ley 15/2022 configura la igualdad de trato como un derecho subjetivo exigible, prohibiendo cualquier forma de discriminación, ya sea:

  • directa o indirecta,

  • por acción u omisión,

  • en el ámbito público o privado 🚫⚠️.

Esta ley refuerza la actuación de los poderes públicos, imponiéndoles el deber de prevenir, detectar y corregir situaciones discriminatorias, así como de promover políticas activas de igualdad 🏛️🔄.

💡 Recuerda:
La igualdad de trato no se limita a no discriminar, sino que exige intervenir cuando exista desigualdad real.

🔹 Protección específica de las personas LGTBI

La Ley 4/2023 establece un marco específico para garantizar los derechos de las personas LGTBI, reconociendo expresamente:

  • el derecho a la autodeterminación de la identidad de género 🧩,

  • el libre desarrollo de la personalidad 🧠,

  • y la protección frente a cualquier forma de violencia, acoso o discriminación 🚨.

Esta norma incorpora un enfoque integral y transversal, obligando a que las políticas públicas tengan en cuenta la diversidad sexual y de género en ámbitos como:

  • educación 🎓,

  • empleo 💼,

  • sanidad 🏥,

  • servicios sociales 🤝,

  • y Administraciones públicas 🏛️.

🔑 Truco Opokeys:
Igualdad LGTBI = reconocimiento + protección + acción pública.

🔹 Actuación de los poderes públicos

Las Administraciones deben:

  • garantizar la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios,

  • prevenir situaciones de discriminación estructural,

  • y adoptar medidas de sensibilización y formación 📣📚.

Además, se refuerzan los mecanismos de protección administrativa y judicial, asegurando una respuesta eficaz ante conductas discriminatorias ⚖️🛡️.

🗝️②.2 📊 Esquema

🗝️②.3 🎯 Puntos clave e importantes

  • 🗝️ La igualdad de trato es un derecho exigible, no solo un principio.

  • 🗝️ La discriminación puede ser directa o indirecta, y producirse por acción u omisión.

  • 🗝️ Las personas LGTBI cuentan con un marco jurídico específico de protección.

  • 🗝️ Las políticas públicas deben integrar la diversidad sexual y de género de forma transversal.

  • 🗝️ La actuación administrativa debe ser preventiva, protectora y reparadora.

🗝️③ Discapacidad y dependencia: régimen jurídico

🗝️③.1 🧭 Desarrollo

La protección jurídica de las personas con discapacidad y de las personas en situación de dependencia constituye una obligación esencial de los poderes públicos, orientada a garantizar la igualdad de oportunidades, la autonomía personal y la inclusión social ♿🤝.

Este régimen jurídico se articula en torno a dos grandes ejes normativos complementarios, que responden a realidades distintas pero estrechamente relacionadas:

  • la discapacidad, vinculada a la igualdad y la inclusión social,

  • la dependencia, vinculada a la necesidad de apoyos para la vida diaria.

🔷 A) Discapacidad: derechos e inclusión social

El Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (RDL 1/2013) configura la discapacidad desde un enfoque de derechos, no asistencial 🧠⚖️.

🔹 Concepto y enfoque
La discapacidad se entiende como una situación que surge de la interacción entre:

  • las deficiencias de la persona,

  • y las barreras del entorno 🚧.

💡 Recuerda:
👉 La discapacidad no está solo en la persona, también en el entorno.

🔹 Principios inspiradores
El régimen jurídico se basa en:

  • igualdad de oportunidades,

  • no discriminación,

  • accesibilidad universal,

  • diseño para todas las personas,

  • inclusión social 🔄.

🔹 Derechos garantizados
Se reconocen derechos en ámbitos clave como:

  • educación 🎓,

  • empleo 💼,

  • sanidad 🏥,

  • acceso a bienes y servicios 🏛️,

  • participación social y comunitaria 🤝.

Los poderes públicos deben adoptar medidas de acción positiva cuando sea necesario para compensar situaciones de desventaja.

🗝️ Truco Opokeys:
Discapacidad = igualdad + accesibilidad + apoyos.

🔷 B) Dependencia: autonomía personal y atención ♿🏠

La Ley 39/2006 regula la atención a las personas que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesitan apoyos para realizar las actividades básicas de la vida diaria ⏳.

🔹 Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)
La ley crea un sistema público, basado en la cooperación entre:

  • la Administración General del Estado,

  • las Comunidades Autónomas,

  • y las Entidades Locales 🏛️🔗.

🔹 Grados de dependencia
La situación de dependencia se valora y clasifica en grados, en función de la intensidad de los apoyos necesarios, lo que determina el acceso a las prestaciones.

🔹 Derechos de las personas dependientes
Las personas en situación de dependencia tienen derecho a:

  • acceder a servicios y prestaciones,

  • recibir una atención personalizada,

  • participar en las decisiones que les afecten 🧑‍🤝‍🧑.

📌 Clave de memoria 🧠

Dependencia = necesidad de apoyo + derecho a atención pública.

🔷 C) Complementariedad entre discapacidad y dependencia 🧩

Ambos sistemas no se excluyen, sino que se complementan:

  • la discapacidad se centra en la igualdad y la inclusión,

  • la dependencia se centra en la atención y los cuidados.

Una persona con discapacidad puede o no encontrarse en situación de dependencia, y viceversa.

📌 Símbolo visual: 🧩

“Dos sistemas, un mismo objetivo: dignidad y autonomía.”

🗝️③.2 📊 Esquema

🗝️③.3 🎯 Puntos clave e importantes

  • 🗝️ La discapacidad se aborda desde un enfoque de derechos, no asistencial.

  • 🗝️ La dependencia responde a la necesidad de apoyos para la vida diaria.

  • 🗝️ Ambos sistemas son complementarios, no excluyentes.

  • 🗝️ Los poderes públicos deben garantizar igualdad, accesibilidad y atención personalizada.

  • 🗝️ El objetivo común es la autonomía personal y la inclusión social.